Texto oficial
Artículo 2.2.20.1.3 Autorización de encargos y nombramientos provisionales . El Consejo Administrador del Sistema Específico de Carrera podrá autorizar encargos y nombramientos provisionales o transitorios, sin previa convocatoria a concurso, cuando por razones de estricta necesidad para evitar la afectación en la prestación del servicio así lo solicite, por escrito y en forma motivada, el Director General de la Entidad. En estos casos, el concurso deberá ser convocado dentro de los seis (6) meses siguientes(Texto declarado inexequible: . )
(Decreto 2900 de 2005, artículo 3º)