Texto oficial
Artículo 2.2.20.2.5 Divulgación de la convocatoria. La divulgación de las convocatorias será efectuada por la Aerocivil utilizando, como mínimo, uno de los siguientes medios:
1. Prensa de amplia circulación nacional o regional, a través de un aviso.
2. Radio, en emisoras oficialmente autorizadas y con cubrimiento nacional o regional en la respectiva circunscripción territorial, al menos tres veces diarias en horas hábiles durante un día.
3. En la página web de la Aerocivil y de la entidad que realiza el concurso.
Parágrafo. En los avisos de prensa y de radio se dará la información básica del concurso y se informará a los aspirantes los sitios en donde se fijarán o publicarán las convocatorias y quién adelantará el proceso de selección.
(Decreto 2900 de 2005, artículo 10)