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Artículo 2.2.20.3.1.10 — 2.20.3.1.10. Programas nacionales de instrucción. El Centro de Estudios Aeronáuticos…

Decreto 1083 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.20.3.1.10. Programas nacionales de instrucción. El Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA) planificará, diseñará e implementará los programas nacionales de instrucción orientados a la cualificación de los servidores para la prestación de los servicios de navegación aérea, aeroportuarios, de reglamentación, certificación, vigilancia y control del sector, de sanción a las infracciones técnicas y de investigación de accidentes, con el propósito de desarrollar, fortalecer y mantener las competencias laborales y profesionales del personal vinculado al Sector Aeronáutico.

Los planes de estudio que desarrollen los programas nacionales de instrucción incluirán un proceso de evaluación que permita medir que las competencias identificadas se hayan adquirido en el nivel de desarrollo que establezca la entidad, de acuerdo con las funciones y el perfil del empleo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Sustituido Artículo 1 DECRETO 475 de 2019