Texto oficial
Artículo 2.2.20.6.4 Aplicación del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. En las actuaciones administrativas que deban surtirse ante y por el Consejo Administrador del Sistema Específico de Carrera y la Comisión de Personal, en el ejercicio de sus funciones, se observarán las reglas y el procedimiento establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
(Decreto 2900 de 2005, artículo 49)
TÍTULO 21
SISTEMA DE CONTROL INTERNO
CAPÍTULO 1
CONCEPTUALIZACIÓN