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Artículo 2.2.21.4.1 — 2.21.4.1. Designación de responsable del control interno . Para la verificación y…

Decreto 1083 de 2015
Modificado

Texto oficial

Artículo 2.2.21.4.1. Designación de responsable del control interno . Para la verificación y evaluación permanente del Sistema de Control, el Presidente de la República designará en las entidades estatales de la Rama Ejecutiva del orden nacional al jefe de la Unidad de la oficina de control interno o quien haga sus veces, quien será de libre nombramiento y remoción.

Cuando se trate de entidades de la Rama Ejecutiva del orden territorial, la designación se hará por la máxima autoridad administrativa de la respectiva entidad territorial. Este empleado será designado por un período fijo de cuatro años, en la mitad del respectivo período del alcalde o gobernador.

“El nombramiento de estos servidores deberá efectuarse teniendo en cuenta el principio del mérito, sin perjuicio de la facultad discrecional de la que gozan las autoridades territoriales”.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado (inciso ) Artículo 15 DECRETO 648 de 2017
LEGISLACIÓN ANTERIOR (4)Artículo 2.2.21.4.1. Designación de responsable del control interno . Para la verificación y evaluación permanente del Sistema de Control, el Presidente de la República designará en las entidades estatales de la Rama Ejecutiva del orden nacional al jefe de la Unidad de la oficina de control interno o quien haga sus veces, quien será de libre nombramiento y remoción.Cuando se trate de entidades de la Rama Ejecutiva del orden territorial, la designación se hará por la máxima autoridad administrativa de la respectiva entidad territorial. Este empleado será designado por un período fijo de cuatro años, en la mitad del respectivo período del alcalde o gobernador.(Decreto 2145 de 1999, artículo 20, modificado por el Decreto 2756 de 2003 fue derogado tácitamente por el artículo 8° de la Ley 1474 de 2011)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 18/04/2017