Artículo 2.2.21.6.3. Derogado
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Derogado Artículo 5 DECRETO 1499 de 2017LEGISLACIÓN ANTERIOR (4)
Artículo 2.2.21.6.3. Orientaciones e instrumentos . Corresponderá al Departamento Administrativo de la Función Pública brindar las orientaciones y poner a disposición los instrumentos necesarios para el diseño, desarrollo, implementación y fortalecimiento del Modelo Estándar de Control Interno.La Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), diseñará y ofrecerá programas o estrategias de capacitación, formación y desarrollo de competencias laborales para los jefes de control interno o quien haga sus veces y sus grupos de trabajo en las entidades del Estado, en coordinación y bajo los lineamientos técnicos del Departamento Administrativo de la Función Pública, con el fin de fortalecer el ejercicio del Control Interno en el país.(Decreto 943 de 2014, artículo 3°)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 10/09/2017