Artículo 2.2.23.6 artículo eliminado por el inciso 1 del artículo 2 del Decreto 1083 de 2015
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Sustituido Artículo 2 DECRETO 1499 de 2017LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)
Artículo 2.2.23.6 Otorgamiento de certificaciones . Las certificaciones que se expidan de conformidad con la norma NTCGP 1000 versión 2009 solo pueden ser otorgadas por las entidades de certificación que se encuentren debidamente acreditadas por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia.(Decreto 4485 de 2009, artículo 4°)Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 10/09/2017