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Artículo 2.2.27.6 — 2.27.6. Convenios interadministrativos . Para la realización del concurso de personero…

Decreto 1083 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.27.6. Convenios interadministrativos . Para la realización del concurso de personero, los concejos municipales de un mismo departamento que pertenezcan a la misma categoría, podrán celebrar convenios interadministrativos asociados o conjuntos con organismos especializados técnicos e independientes dentro de la propia Administración Pública, para los siguientes propósitos:

1. La realización parcial de los concursos de personero, los cuales continuarán bajo su inmediata dirección, conducción y supervisión.

2. El diseño de pruebas para ser aplicadas simultáneamente en los distintos procesos de selección convocados por los municipios suscribientes.

En tales convenios, los concejos participantes unificarán los criterios de valoración de la experiencia y de la preparación académica y profesional, centralizando su evaluación en una única instancia.

(Decreto 2485 de 2014, artículo 6°)

JURISPRUDENCIA (7)Denegada la suspensión provisional Sentencia del Consejo de Estado AUTO 11001-03-25-000-2015-01089-00 (4824-2015) de 2017Denegadas las pretensiones Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 11001-03-25-000-2015-01089-00 (4824-2015) de 2019TÍTULO 28DESIGNACIÓN DE LOS DIRECTORES O GERENTES REGIONALESO SECCIONALES O QUIENES HAGAN SUS VECES, EN LOSESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDENNACIONAL