NormasDecreto 1083 de 2015 › Artículo 2.2.30.3.5

Artículo 2.2.30.3.5 — 2.30.3.5. Incorporación de cláusulas favorables al trabajador. En todo contrato de…

Decreto 1083 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.30.3.5. Incorporación de cláusulas favorables al trabajador. En todo contrato de trabajo se consideran incorporadas, aunque no se expresen, las disposiciones legales pertinentes, las cláusulas de las convenciones colectivas o fallos arbitrales respectivos, y las normas del reglamento interno de la entidad, las cuales, por otra parte, sustituyen de derecho las estipulaciones del contrato individual, en cuanto fueren más favorables para el trabajador.

(Decreto 2127 de 1945, artículo 19)