NormasDecreto 1083 de 2015 › Artículo 2.2.30.5.1

Artículo 2.2.30.5.1 — 2.30.5.1. Reglamento Interno de Trabajo. Toda entidad que tenga a su servicio más de…

Decreto 1083 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.30.5.1. Reglamento Interno de Trabajo. Toda entidad que tenga a su servicio más de cinco trabajadores oficiales de carácter permanente, en actividades comerciales, o más de diez en labores industriales, o más de veinte en empresas agrícolas, ganaderas o forestales, deberá elaborar y someter a la aprobación de las autoridades del ramo un “reglamento interno de trabajo”.

(Decreto 2127 de 1945, artículo 30)