Texto oficial
Artículo 2.2.31.2. Presunción de despido por embarazo . Se presume que el despido se ha efectuado por motivo de embarazo o lactancia, cuando tiene lugar dentro de los períodos señalados en el artículo anterior y sin la observancia de los requisitos exigidos en dicha norma legal.
(Decreto 1848 de 1969, artículo 40)