Texto oficial
Artículo 2.2.5.10.16 Permiso . El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días, cuando medie justa causa. Corresponde al jefe del organismo respectivo, o a quien haya delegado la facultad, el autorizar o negar los permisos.
(Decreto 1950 de 1973, artículo 74)