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Artículo 2.2.6.23 — 2.6.23 Modificación de lista de elegibles. La Comisión Nacional del Servicio Civil o la…

Decreto 1083 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.6.23 Modificación de lista de elegibles. La Comisión Nacional del Servicio Civil o la entidad delegada podrán modificar la lista de elegibles por las razones y con observancia de lo establecido en el procedimiento que debe surtirse ante y por la Comisión Nacional del Servicio Civil para el cumplimiento de sus funciones.

(Decreto 1227 de 2005, artículo 34)