NormasDecreto 1083 de 2015 › Artículo 2.2.8.1.11

Artículo 2.2.8.1.11 — 2.8.1.11. Evaluación en comisión de servicios . Quienes estén cumpliendo comisión de…

Decreto 1083 de 2015
Vigente

Texto oficial

Artículo 2.2.8.1.11. Evaluación en comisión de servicios . Quienes estén cumpliendo comisión de servicios en otra entidad serán evaluados y calificados por la entidad en la cual se encuentran en comisión, con base en el sistema que rija para la entidad en donde se encuentran vinculados en forma permanente. Esta evaluación será remitida a la entidad de origen.

(Decreto 1227 de 2005, artículo 60)