NormasDecreto 410 de 1971 › Artículo 1312

Artículo 1312 — COMISIÓN DE TRANSPORTE El contrato de comisión de transporte es aquel por el cual una…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 1312. COMISIÓN DE TRANSPORTE El contrato de comisión de transporte es aquel por el cual una persona se obliga en su nombre y por cuenta ajena, a contratar y hacer ejecutar el transporte o conducción de una persona o de una cosa y las operaciones conexas a que haya lugar.

El que vende mercaderías por correspondencia y se obliga a remitirlas al comprador no se considerará por tal hecho comisionista de transporte.