Texto oficial
Artículo 1352. NORMAS APLICABLES A LOS CORREDORES DE SEGUROS Se aplicarán a los corredores de seguros las normas consignadas en los artículos 14, 15, 16, 17 19 y 20de la Ley 65 de 1966.
Artículo 1352. NORMAS APLICABLES A LOS CORREDORES DE SEGUROS Se aplicarán a los corredores de seguros las normas consignadas en los artículos 14, 15, 16, 17 19 y 20de la Ley 65 de 1966.