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Artículo 1440 — REQUISITOS TÉCNICOS EXIGIDOS PARA LA MATRÍCULA La matrícula se sujetará a los requisitos…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 1440. REQUISITOS TÉCNICOS EXIGIDOS PARA LA MATRÍCULA La matrícula se sujetará a los requisitos técnicos exigidos por los reglamentos de la autoridad marítima y, al hacerla, se entregará al capitán de puerto copia auténtica de la escritura pública, con destino al protocolo de la capitanía.