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Artículo 185 — INCOMPATIBILIDAD DE ADMINISTRADORES Y EMPLEADOS . Salvo los casos de representación…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 185 . INCOMPATIBILIDAD DE ADMINISTRADORES Y EMPLEADOS . Salvo los casos de representación legal, los administradores y empleados de la sociedad no podrán representar en las reuniones de la asamblea o junta de socios acciones distintas de las propias, mientras estén en ejercicio de sus cargos, ni sustituir los poderes que se les confieran.

Tampoco podrán votar los balances y cuentas de fin de ejercicio ni las de la liquidación.

JURISPRUDENCIA (1)Declarada exequible Sentencia de la Corte Constitucional C-486 de 1993