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Artículo 610 — El derecho sobre el nombre comercial se extingue con el retiro del comercio del titular…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 610. El derecho sobre el nombre comercial se extingue con el retiro del comercio del titular, la terminación de la explotación del ramo de negocios para que se destine o la adopción de otro para la misma actividad.