Artículo 811 — Derogado. TEXTO CORRESPONDIENTE A [ Mostrar ] Derogado Artículo 626 LEY 1564 de 2012
Decreto 410 de 1971
Derogado
Texto oficial
Artículo 811. Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado Artículo 626 LEY 1564 de 2012LEGISLACIÓN ANTERIOR (3)Artículo 811. EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA . La sentencia de cancelación o de reposición causará ejecutoria diez días después de la fecha de su notificación, si el título ya hubiere vencido y diez días después de la fecha del vencimiento, si no hubiere vencido aún.La sentencia será apelable en el efecto suspensivo.Vigente desde: 01/01/1972 y hasta el: 11/07/2012