Texto oficial
Artículo 827. FIRMA POR MEDIO MECANICO. La firma que procede de algún medio mecánico no se considerará suficiente sino en los negocios en que la ley o la costumbre lo admitan.
Artículo 827. FIRMA POR MEDIO MECANICO. La firma que procede de algún medio mecánico no se considerará suficiente sino en los negocios en que la ley o la costumbre lo admitan.