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Artículo 895 — IMPLICACIÓN DE LA CESIÓN. La cesión de un contrato implica la de las acciones…

Decreto 410 de 1971
Vigente

Texto oficial

Artículo 895. IMPLICACIÓN DE LA CESIÓN. La cesión de un contrato implica la de las acciones, privilegios y beneficios legales inherentes a la naturaleza y condiciones del contrato; pero no transfiere los que se funden en causas ajenas al mismo, o en la calidad o estado de la persona de los contratantes.