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Artículo 15 — Adopción de Planta . El Gobierno Nacional, en ejercicio de sus competencias…

Decreto 4170 de 2011
Vigente

Texto oficial

Artículo 15. Adopción de Planta . El Gobierno Nacional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, procederá a adoptar la planta de personal de la Agencia, de conformidad con la estructura establecida en el presente decreto.

A los empleados de la Agencia se les aplicará el régimen general de carrera administrativa, de clasificación y de administración de personal.

Parágrafo Transitorio. El certificado de disponibilidad presupuestal para proveer los cargos de Director General y Secretario General de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- será expedido por el Departamento Nacional de Planeación.