Texto oficial
Artículo 20 . Vigencia y Derogatorias . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias, en especial los Decretos 3620 de 2004, 485 de 2009, 2430 de 2011 y los artículos 3° y 4° del Decreto 3485 de 2011.
Afecta la vigencia de: [ Mostrar ]
Deroga DECRETO 485 de 2009
Deroga DECRETO 2430 de 2011
Deroga Artículo 3 DECRETO 3485 de 2011
Deroga Artículo 4 DECRETO 3485 de 2011
Deroga DECRETO 3620 de 2004
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de noviembre de 2011.
JUAN MANUAL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
El Director del Departamento Nacional de Planeación,
Hernando José Gómez Restrepo.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.