NormasDecreto 4170 de 2011 › Artículo 6

Artículo 6 — Consejo Directivo . La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra…

Decreto 4170 de 2011
Vigente

Texto oficial

Artículo 6°. Consejo Directivo . La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- tendrá un Consejo Directivo integrado por:

1. El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado, quien lo presidirá.

2. El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.

3. El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o su delegado.

4. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado.

5. El Ministro de Transporte o su delegado.

6. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública o su delegado.

7. Un representante del Presidente de la República.

El Director General de la Agencia Nacional de Contratación Pública asistirá con voz pero sin voto.