Artículo 111. Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica tienen derecho a utilizar los medios de comunicación que hagan uso del espectro electromagnético, en todo tiempo, conforme a la ley. Ella establecerá así mismo los casos y la forma como los partidos, los movimientos políticos y los candidatos debidamente inscritos, tendrán acceso a dichos medios.
TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)
Modificado Artículo 4 ACTO LEGISLATIVO 1 de 2003LEGISLACIÓN ANTERIOR (4)
Artículo 111. Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica tienen derecho a utilizar los medios de comunicación social del Estado en todo tiempo, conforme a la ley. Ella establecerá así mismo los casos y la forma como los candidatos debidamente inscritos tendrán acceso a dichos medios.Vigente desde: 13/06/1991 y hasta el: 02/07/2003CAPITULO 3DEL ESTATUTO DE LA OPOSICION