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Constitución Política de Colombia de 1991
› Artículo 117
Artículo 117 — El Ministerio Público y la Controlaría General de la República son órganos de control.
Constitución Política de Colombia de 1991
Vigente
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Texto oficial
Artículo 117.
El Ministerio Público y la Controlaría General de la República son órganos de control.
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