Artículo 320 — La ley podrá establecer categorías de municipios de acuerdo con su población, recursos…

Constitución Política de Colombia de 1991
Vigente

Texto oficial

Artículo 320. La ley podrá establecer categorías de municipios de acuerdo con su población, recursos fiscales, importancia económica y situación geográfica, y señalar distinto régimen para su organización, gobierno y administración.