Artículo 332 — El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, sin…

Constitución Política de Colombia de 1991
Vigente

Texto oficial

Artículo 332. El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes.