NormasDocumento Tipo 1991 de 1991 › Artículo 92

Artículo 92 — Cualquier persona natural o jurídica podrá solicitar de la autoridad competente la…

Documento Tipo 1991 de 1991
Vigente

Texto oficial

Artículo 92. Cualquier persona natural o jurídica podrá solicitar de la autoridad competente la aplicación de las sanciones penales o disciplinarias derivadas de la conducta de las autoridades públicas.