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Artículo 201A — Traslados. Los traslados deberán hacerse de la misma forma en que se fijan los estados…

Ley 1437 de 2011
Modificado

Texto oficial

Artículo 201A . Traslados. Los traslados deberán hacerse de la misma forma en que se fijan los estados. Sin embargo, cuando una parte acredite haber enviado un escrito del cual deba correrse traslado a los demás sujetos procesales, mediante la remisión de la copia por un canal digital, se prescindirá del traslado por secretaria, el cual se entenderá realizado a los dos (2) días hábiles siguientes al del envío del mensaje y el término respectivo empezará a correr a partir del día siguiente.

De los traslados que hayan sido fijados electrónicamente se conservará un archivo disponible para la consulta permanente en línea por cualquier interesado, por el término mínimo de diez (10) años.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado Artículo 51 LEY 2080 de 2021