NormasLey 1437 de 2011 › Artículo 258

Artículo 258 — Causal. Habrá lugar al recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia cuando la…

Ley 1437 de 2011
Vigente

Texto oficial

Artículo 258. Causal. Habrá lugar al recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia cuando la sentencia impugnada contraríe o se oponga a una sentencia de unificación del Consejo de Estado.