NormasLey 1437 de 2011 › Artículo 262

Artículo 262 — Requisitos del recurso. El recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia deberá…

Ley 1437 de 2011
Vigente

Texto oficial

Artículo 262. Requisitos del recurso. El recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia deberá contener.

1. La designación de las partes.

2. La indicación de la providencia impugnada.

3. La relación concreta, breve y sucinta de los hechos en litigio.

4. La indicación precisa de la sentencia de unificación jurisprudencial que se estima contrariada y las razones que le sirven de fundamento.