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Artículo 49 — Contenido de la decisión . El funcionario competente proferirá el acto administrativo…

Ley 1437 de 2011
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Texto oficial

Artículo 49. Contenido de la decisión . El funcionario competente proferirá el acto administrativo definitivo dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de los alegatos.

El acto administrativo que ponga fin al procedimiento administrativo de carácter sancionatorio deberá contener:

1. La individualización de la persona natural ó jurídica a sancionar.

2. El análisis de hechos y pruebas con base en los cuales se impone la sanción.

3. Las normas infringidas con los hechos probados.

4. La decisión final de archivo o sanción y la correspondiente fundamentación.

Parágrafo. En los procedimientos administrativos sancionatorios fiscales se proferirá el acto administrativo definitivo dentro de los quince (15) días siguientes a la presentación de los alegatos.

Los términos dispuestos para el procedimiento administrativo sancionatorio fiscal deberán cumplirse oportunamente so pena de las sanciones disciplinarias a las que haya lugar.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Adicionado (un parágrafo ) Artículo 6 LEY 2080 de 2021
LEGISLACIÓN ANTERIOR (7)Artículo 49. Contenido de la decisión. El funcionario competente proferirá el acto administrativo definitivo dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de los alegatos.El acto administrativo que ponga fin al procedimiento administrativo de carácter sancionatorio deberá contener:1. La individualización de la persona natural ó jurídica a sancionar.2. El análisis de hechos y pruebas con base en los cuales se impone la sanción.3. Las normas infringidas con los hechos probados.4. La decisión final de archivo o sanción y la correspondiente fundamentación.Vigente desde: 18/01/2011 y hasta el: 24/01/2021

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1 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 49 de la Ley 1437 de 2011. Los más relevantes:

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