Texto oficial
Artículo 24. Peculado culposo frente a recursos de la seguridad social integral . La Ley 599 de 2000 tendrá un artículo 400 A, el cual quedará así:
Las penas previstas en el artículo 400 de la Ley 599 de 2000 se agravarán de una tercera parte a la mitad, cuando se dé una aplicación oficial diferente a recursos destinados a la seguridad social integral.
Afecta la vigencia de: [ Mostrar ]
Adiciona Artículo 400 a LEY 599 de 2000