Texto oficial
Artículo 27. Acuerdos restrictivos de la competencia. La Ley 599 de 2000 tendrá un artículo 410 A, el cual quedará así:
El que en un proceso de licitación pública, subasta pública, selección abreviada o concurso se concertare con otro con el fin de alterar ilícitamente el procedimiento contractual, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años y multa de doscientos (200) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para contratar con entidades estatales por ocho (8) años.
Parágrafo. El que en su condición de delator o clemente mediante resolución en firme obtenga exoneración total de la multa a imponer por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio en una investigación por acuerdo anticompetitivos en un proceso de contratación pública obtendrá los siguientes beneficios: reducción de la pena en una tercera parte, un 40% de la multa a imponer y una inhabilidad para contratar con entidades estatales por cinco (5) años.
JURISPRUDENCIA (3)
Declarado exequible Sentencia de la Corte Constitucional C-80 de 2025Afecta la vigencia de: [ Mostrar ]Adiciona Artículo 410a LEY 599 de 2000Doctrina de Colombia Compra Eficiente sobre este artículo
2 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 27 de la Ley 1474 de 2011. Los más relevantes:
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C-696 de 2026
C-696 de 2026
COLUSIÓN, RESTRICCIÓN A LA COMPETENCIA, ACUERDOS ANTICOMPETITIVOS, DECRETO 1600… · 25 de mayo de 2026
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4201912000006970
4201912000006970
25 de noviembre de 2019