NormasLey 1474 de 2011 › Artículo 61

Artículo 61 — Acceso a la información. La autoridad competente podrá requerir, en cualquier momento…

Ley 1474 de 2011
Vigente

Texto oficial

Artículo 61. Acceso a la información. La autoridad competente podrá requerir, en cualquier momento, informaciones o antecedentes adicionales relativos a gestiones determinadas, cuando exista al menos prueba sumaria de la comisión de algún delito o de una falta disciplinaria.

CAPÍTULO V

Organismos especiales para la lucha contra la corrupción