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Artículo 64 — Funciones . La Comisión Nacional para la Moralización tendrá las siguientes funciones: a)…

Ley 1474 de 2011
Vigente

Texto oficial

Artículo 64. Funciones . La Comisión Nacional para la Moralización tendrá las siguientes funciones:

a) Velar por el cumplimiento de la aplicación de la presente ley y de la Ley 190 de 1995;

b) Coordinar la realización de acciones conjuntas para la lucha contra la corrupción frente a entidades del orden nacional o territorial en las cuales existan indicios de este fenómeno;

c) Coordinar el intercambio de información en materia de lucha contra la corrupción;

d) Realizar propuestas para hacer efectivas las medidas contempladas en esta ley respecto de las personas políticamente expuestas;

e) Establecer los indicadores de eficacia, eficiencia y transparencia obligatorios para la Administración Pública, y los mecanismos de su divulgación;

f) Establecer las prioridades para afrontar las situaciones que atenten o lesionen la moralidad en la Administración Pública;

g) Adoptar una estrategia anual que propenda por la transparencia, la eficiencia, la moralidad y los demás principios que deben regir la Administración Pública;

h) Promover la implantación de centros piloto enfocados hacia la consolidación de mecanismos transparentes y la obtención de la excelencia en los niveles de eficiencia, eficacia y economía de la gestión pública;

i) Promover el ejercicio consciente y responsable de la participación ciudadana y del control social sobre la gestión pública;

j) Prestar su concurso en el cumplimiento de las acciones populares en cuanto tienen que ver con la moralidad administrativa;

k) Orientar y coordinar la realización de actividades pedagógicas e informativas sobre temas asociados con la ética y la moral públicas, los deberes y las responsabilidades en la función pública;

l) Mantener contacto e intercambio permanentes con entidades oficiales y privadas del país y del exterior que ofrezcan alternativas de lucha contra la corrupción administrativa;

m) Prestar todo su concurso para la construcción de un Estado transparente;

n) Darse su propio Reglamento.