Texto oficial
ARTÍCULO 4. Fundamentos del desarrollo de la comunidad. El desarrollo de la comunidad tiene los siguientes fundamentos:
a) Fomentar la construcción de comunidad como factor de respeto, tolerancia, convivencia, protección integral del ambiente, inclusión, resiliencia y solidaridad para el logro de la pacífica convivencia, por lo que se requiere la formación ciudadana y Comunal, así como asumir la no violencia como estrategia que preserva la vida y garantiza las condiciones de convivencia en comunidad;
b) Promover la priorización, protección y la salvaguarda de la vida e intereses de los afiliados comunales el territorio nacional, para garantizar el adecuado desarrollo de la acción comunal;
c) Promover la concertación, los diálogos y los pactos como estrategias del desarrollo de la comunidad;
d) Validar la planeación como instrumento de gestión del desarrollo de la comunidad;
e) Incrementar la capacidad de gestión, autogestión y cogestión de la comunidad;
f) Promover la educación y capacitación comunitaria como instrumentos necesarios para recrear y revalorizar su participación en los asuntos locales, municipales, departamentales regionales y nacionales;
g) Promover la constitución de organismos de base y empresas comunitarias y comunales;
h) Propiciar formas colectivas y rotatorias de liderazgo con remoción del cargo previo debido proceso;
i) Promover la restauración y cuidado del medio ambiente como estrategia del desarrollo de la comunidad.
Parágrafo. Los procesos de desarrollo de la comunidad, buscarán el fortalecimiento de la integración, autogestión, solidaridad y participación de la comunidad con el propósito de avanzar en el alcance de un desarrollo integral, a través de acciones encaminadas al desarrollo organizacional, la garantía y respeto de los derechos humanos, el género, la población, el territorio, el medio ambiente y el desarrollo sostenible, para la transformación particular y de la sociedad en su conjunto.
TÍTULO SEGUNDO
DE LOS ORGANISMOS DE ACCIÓN COMUNAL
CAPÍTULO I
Definición, clasificación, denominación, territorio y domicilio