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Artículo 91 — La unidad administrativa especial de organizaciones solidarias, o quien haga sus veces…

Ley 2166 de 2021
Vigente 1 conceptos de CCE interpretan este artículo

Texto oficial

ARTÍCULO 91. La unidad administrativa especial de organizaciones solidarias, o quien haga sus veces, fomentará, apoyará y promoverá la constitución, desarrollo y formalización de empresas y/o proyectos productivos de carácter solidario de iniciativa de las organizaciones comunales, los cuales deberán ser presentados por estas al Sistema Público Territorial de apoyo al Sector de la Economía Solidaria, a través de las Secretarías de las gobernaciones o alcaldías responsables de promover la participación comunitaria u organismos comunales de acuerdo con la reglamentación que para tal efecto expida la entidad responsable.

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1 conceptos de CCE citan o interpretan el artículo 91 de la Ley 2166 de 2021. Los más relevantes:

  • C-130 de 2025 C-130 de 2025
    ORGANISMOS DE ACCIÓN COMUNAL, MIPYMES, ENTIDADES DE ECONOMÍA SOLIDARIA · 8 de marzo de 2025