Texto oficial
Artículo 77. Designación del director, gerente o presidente de los establecimientos públicos. El director, gerente o presidente de los establecimientos públicos será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República.
Artículo 77. Designación del director, gerente o presidente de los establecimientos públicos. El director, gerente o presidente de los establecimientos públicos será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República.