Artículo 1119. No vale disposicion alguna testamentaria a favor del Notario que autorizare el testamento o del funcionario que haga veces de tal, o del cónyuge de dicho Notario o funcionario, o de cualquiera de los ascendientes, descendientes, hermanos, cuñados o sirvientes asalariados del mismo.
Lo mismo se aplica a las disposiciones en favor de cualquiera de los testigos.
LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)
Art. 1119. No vale disposicion alguna testamentaria a favor del Notario que autorizare el testamento o del funcionario que haga veces de tal, o del cónyuge de dicho Notario o funcionario, o de cualquiera de los ascendientes, descendientes, hermanos, cuñados o (Texto declarado inexequible: sirvientes) asalariados del mismo.Lo mismo se aplica a las disposiciones en favor de cualquiera de los testigos.JURISPRUDENCIA (3)
Declarada inexequible la expresión ... Sentencia de la Corte Constitucional C-190 de 2017Declarado exequible condicionado ( las expresiones “cónyuge”, “casada” , “cónyuges” y “marido y mujer”, contenidas en los artículos 19.2, 61 y 745, 1025.2, 1026.2, 1056, 1068.13, 1119, 1125, 1161.2, 1165, 1195, 1196.3, 1266.1 y 1488 del Código Civil, bajo el entendido de que estas expresiones se refieren, en igualdad de derechos y deberes, a los cónyuges y a los compañeros permanentes de las uniones maritales de hecho, tanto de parejas de distinto sexo como de parejas del mismo sexo. ) Sentencia de la Corte Constitucional C-456 de 2020Vigente desde: 29/03/2017