NormasLey 84 de 1873 › Artículo 1204

Artículo 1204 — Su revocación puede ser expresa o tácita, de la misma manera que la revocación de las…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 1204. Su revocación puede ser expresa o tácita, de la misma manera que la revocación de las herencias o legados.