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Artículo 134 — (Texto declarado inexequible: Practicadas las diligencias indicadas en el artículo 130 y…

Ley 84 de 1873
Modificado

Texto oficial

Artículo 134. (Texto declarado inexequible: Practicadas las diligencias indicadas en el artículo 130 y )si no se hiciere oposición, o si haciéndose se declara infundada, se procederá a señalar día y hora para la celebración del matrimonio, que será dentro de los ocho días siguientes; esta resolución se hará saber inmediatamente a los interesados.

TEXTO CORRESPONDIENTE A (1)Derogado parcialmente ("Practicadas las diligencias indicadas en el artículo 130" ) Artículo 626 LEY 1564 de 2012
LEGISLACIÓN ANTERIOR (2)Artículo 134. Fijación de Fecha y Hora. Practicadas las diligencias indicadas en el artículo 130 y si no se hiciere oposición, o si haciéndose se declara infundada, se procederá a señalar día y hora para la celebración del matrimonio, que será dentro de los ocho días siguientes; esta resolución se hará saber inmediatamente a los interesados.Vigente desde: 26/05/1873 y hasta el: 11/07/2012