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Artículo 1773 — Las capitulaciones matrimoniales no contendrán estipulaciones contrarias a las buenas…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 1773. Las capitulaciones matrimoniales no contendrán estipulaciones contrarias a las buenas costumbres ni a las leyes. No serán, pues, en detrimento de los derechos i obligaciones que las leyes señalan a cada cónyuge respecto del otro o de los descendientes comunes.