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Artículo 1985 — Art. 1985. La obligacion de mantener la cosa arrendada en buen estado consiste en hacer…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 1985. La obligacion de mantener la cosa arrendada en buen estado consiste en hacer, durante el arriendo, todas las reparaciones necesarias, a excepción de las locativas , las cuales corresponden jeneralmente al arrendatario.

Pero será obligado el arrendador aun a las reparaciones locativas, si los deterioros que las han hecho necesarias provinieron de fuerza mayor o caso fortuito, o de la mala calidad de la cosa arrendada.

Las estipulaciones de los contratantes podrán modificar estas obligaciones.