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Artículo 2179 — Las especies metálicas que el mandatario tiene en su poder, por cuenta del mandante…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 2179. Las especies metálicas que el mandatario tiene en su poder, por cuenta del mandante, perecen para el mandatario aun por fuerza mayor o caso fortuito, salvo que estén contenidas en cajas o sacos cerrados i sellados sobre los cuales recaiga el accidente o la fuerza, o que por otros medios inequívocos pueda probarse incontestablemente la identidad.