NormasLey 84 de 1873 › Artículo 2293

Artículo 2293 — Art. 2293. Es nulo el contrato si ántes de perfeccionarse muere la persona de cuya…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Art. 2293. Es nulo el contrato si ántes de perfeccionarse muere la persona de cuya existencia pende la duración de la renta, o al tiempo del contrato adolecía de una enfermedad que le haya causado la muerte dentro de los treinta días subsiguientes.