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Artículo 2351 — Si el daño causado por la ruina de un edificio proviniere de un vicio de construcción…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 2351. Si el daño causado por la ruina de un edificio proviniere de un vicio de construcción, tendrá lugar la responsabilidad prescrita en la regla 3.ª del artículo 2060.