NormasLey 84 de 1873 › Artículo 2374

Artículo 2374 — Es obligado a prestar fianza a peticion del acreedor, 1.º El deudor que lo haya…

Ley 84 de 1873
Vigente

Texto oficial

Artículo 2374. Es obligado a prestar fianza a peticion del acreedor,

1.º El deudor que lo haya estipulado;

2.º El deudor cuyas facultades disminuyan en términos de poner en peligro manifiesto el cumplimiento de su obligacion;

3.º El deudor de quien haya motivo de temer que se ausente del Territorio, con ánimo de establecerse en otra parte, miéntras no deje bienes suficientes para la seguridad de sus obligaciones.